GANANCIAS PATRIMONIALES: VENTA DE PARTICIPACIONES DE SOCIEDADES NO COTIZADAS. – En el caso de que haya vendido acciones de una sociedad no cotizada en 2023, generando una ganancia patrimonial, es importante estar preparado para una posible revisión fiscal si el precio acordado resulta ser menor al mayor de dos valores: el valor del patrimonio neto de la sociedad correspondiente a las acciones vendidas, o el importe resultante de capitalizar, al 20%, el promedio de los resultados de los tres ejercicios sociales cerrados antes de la fecha de devengo del impuesto. En este escenario, contar con una valoración de la empresa realizada por un perito puede ser beneficioso para demostrar que el precio obtenido es de mercado.
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