El tribunal supremo permite a las empresas deducirse los intereses de demora
En una reciente sentencia el Tribunal Supremo ha establecido que los intereses de demora son deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, con lo que se pone fin a una vieja polémica que se ha mantenido a pesar de los cambios normativos y que había generado resoluciones contradictorias de distintos Tribunales Superiores de Justicia. La Sentencia anula una del Tribunal Superior de Justicia de Galicia y concluye que los intereses de demora no son gastos de actuaciones contrarias al ordenamiento jurídico,